Lunes 28 de Abril de 2025

ACTUALIDAD

28 de abril de 2025

PROPONEN MAYOR CONTROL SOBRE BILLETERAS ELECTRÓNICAS DE MENORES DE EDAD

Se trata de la incorporación de un nuevo artículo a la Ley de Defensa del Consumidor que habilite el monitoreo de movimiento de dinero.

La Cámara de Diputados envió en segunda revisión al Senado, un proyecto con media sanción de la Cámara Alta, por el cual se incorpora el Artículo 44° quinquies a la Ley 5547 – de Defensa del Consumidor -, brindando una herramienta a los padres, para poder controlar los movimientos de dinero de sus hijos menores de edad a través de billeteras virtuales.

El proyecto impulsado por el senador Félix González, dispone que “en el caso de relación de consumo sobre servicios financieros cuyo objeto sea el acceso y/o uso de las llamadas billeteras electrónicas a personas menores de edad bajo su titularidad, y en cuya relación de consumo  se establezca como responsable de la cuenta a los padres y/o tutores del menor de edad y vinculadas a los mismos, el proveedor deberá permitir al usuario financiero responsable de la cuenta el "acceso irrestricto" a toda la información relativa a los consumos, movimientos de dinero y/o transferencias que se efectúen desde y hacia dicha cuenta e inversiones, así como permitirle al padre y/o tutor el cierre de la cuenta, en cualquier momento y de forma autónoma sin intervención alguna del menor a su cargo”.

En la fundamentación se señala que según una encuesta de Kantar Insights, “en un año las billeteras digitales ganaron 17 puntos porcentuales de penetración, alcanzando al 75% de los argentinos adultos y logrando equiparar a las tarjetas de débito.  Otro dato a tener en cuenta es el aumento en la cantidad de billeteras descargadas: en 2024 la proporción de usuarios que posee 2 billeteras o más creció a 73% (9 puntos porcentuales). Este crecimiento se apalancó en el aumento de los poseedores de 3 o más billeteras, en detrimento de los que solo tienen una”

En este sentido, el uso de billeteras electrónicas o virtuales se ha transformado en algo cotidiano para el acceso a bienes y servicios como el pago de transporte público, comestibles, servicios de entretenimiento entre otros, “por lo cual consecuentemente se ha facilitado y permitido acceder a una cuenta digital a las personas menores de edad a partir de los 13 años”, destaca el texto.

En esa línea, indica que existen casos de billeteras virtuales que en sus términos y condiciones para la apertura de la cuenta digital expresan en las condiciones la responsabilidad hacia los padres y/o tutores de dicha cuenta y los vincula a las mismas, “estableciéndose en tales casos una verdadera relación de consumo en los términos de la ley 5547, entre los proveedores de servicios financieros para las personas menores de edad y los padres de los mismos. Algunas billeteras explicitan lo que implica que los padres, madres o tutor/a autoricen a tener una cuenta de menor de edad “Tu cuenta y la de tu responsable actúan de manera separada e independiente. Tu madre, padre o tutor/a no podrá visualizar ni controlar los movimientos de dinero o compras que hagas, ni tampoco podrá solicitar el cierre de tu cuenta”.

En el tratamiento del proyecto, la diputada Silvina Gómez (UCR) explicó “Es necesario regular este punto por la revolución digital en la que vivimos, que nos plantea nuevos desafíos, como las apuestas en juegos online ilegales. Esta realidad, ha generado adicciones sin sustancias, con apuestas”.

De igual manera, destacó que “si bien en nuestra provincia hemos sido pioneros en regular los juegos online, debemos ir más allá, hoy los niños y adolescentes están en riesgo con el juego clandestino por lo que es necesario  supervisar los movimientos”

Por su parte Emanuel Fugazzotto afirmó que “como padre cuesta a veces reconocer que algo malo está pasando con nuestros hijos, no somos capaces de resolverlo y esta herramienta que brinda este proyecto, redobla la responsabilidad parental”. Hay un “Estado ocupado en esto, para terminar con este flagelo, y hay decisiones políticas apuntadas a resolver este problema de alguna manera”.

La legisladora Sol Salinas ofreció datos relevantes sobre las apuestas virtuales  “una encuesta realizada en el mes de octubre a más de 5.200 personas mayores de 14 años y donde detallan que el 44% de los adolescentes participó al menos alguna vez en apuestas digitales. Y el 65% lo hace a través de billeteras virtuales. También manifiestan que los momentos donde acceden a estas plataformas, más que nada ilegales, porque son menores de edad, lo hacen en los momentos de ocio, o sea, en los horarios de noche y en los fines de semana”. Así, “esta legislación viene a dar una respuesta a esa demanda que tienen los padres de no poder acercarse, de no poder acceder a este mundo digital que tienen acceso a los menores de edad”, aclaró.

González resalta en el proyecto, “entendemos que resulta fundamental garantizar a los responsables de la cuenta, de conformidad al artículo 42 de la Constitución Nacional y articulo 40 de la ley 5547, el pleno acceso a la información de los movimientos que se realicen en la cuenta del menor y de las que ellos resultan ser responsables”, para de esta manera, proveer “a la protección patrimonial de dichos responsables”, y permitir a los mismos “establecer una trazabilidad del uso del dinero que contiene dichas billeteras y de esta manera poder ejercer su responsabilidad parental sobre los menores usuarios del servicio”.

COMPARTIR:

Comentarios